En esta ocasión vamos a revisar el Visto Bueno solicitado por el empleador.
Este procedimiento permite que un empleador pueda terminar la relación laboral con el trabajador bajo ciertos parámetros que están claramente definidos.
En el siguiente enlace podrá solicitar más información vía Whatsapp.
En este sentido existe 7 causas que pueden dar inicio a un procedimiento de visto bueno que las detallamos a continuación:
- Faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo o por abandono de éste por un tiempo mayor de tres días consecutivos.
- Indisciplina o desobediencia grave al reglamento interno.
- Falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador.
- Injurias graves irrogadas al empleador o a su entorno.
- Ineptitud manifiesta del trabajador.
- Denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social.
- No acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos.
- Por el cometimiento de acoso laboral hacia un compañero, el empleador o hacia un subordinado.
Hay que entender que el procedimiento de Visto Bueno permite al trabajador defenderse ante el inspector de trabajo patrocinado por un abogado.
Es importante tomar en cuenta que en caso de que se inicie un procedimiento de Visto Bueno este puede ser con suspensión de las funciones del trabajador por el tiempo de 30 días y consignando el valor a la última remuneración que el empleador pagó a su colaborador.
In–Iure Abogados cuenta con un grupo de abogados especialistas en relaciones laborales específicamente en procedimientos de Visto Bueno. En el siguiente enlace puede comunicarse con un abogado vía Whatsapp.
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